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Cosméticos

Reglamento sobre los productos cosméticos de la UE N.° 1223/2009

La industria cosmética siempre está en desarrollo, por lo que la legislación que rige esta importante industria tiene que seguir desarrollándose y evolucionando para estar al día con los últimos descubrimientos y tendencias.

UE – mercado de cosméticos más grande del mundo

UE es el mercado de cosméticos más grande del mundo, el cual representa alrededor de un tercio a nivel global. Por lo tanto, es importante para muchos fabricantes de cosméticos en todo el mundo conocer la legislación de la UE. La UE es también conocida por ser un mercado muy burocrático, con muchas reglas, directivas y reglamentos que pueden presentar dificultades para las empresas que operan allí, en especial para las que no están acostumbradas a esto en sus mercados locales.

La UE actualizó recientemente su legislación sobre cosméticos. El 11 de julio de 2013 el reglamento 1223/2009/CE entró en vigor y reemplazó la anterior directiva 76/768/CEE, la cual había estado vigente desde 1976 y se había enmendado ocho veces.

Nueva legislación de la UE

Presentemos brevemente esta nueva legislación sobre cosméticos de la UE. Para empezar, la nueva legislación es un reglamento, a diferencia de la directiva anterior. Esto significa que se aplica directamente a todas las legislaciones nacionales de los estados miembros de la UE, sin margen para las diferentes transposiciones nacionales. De esta manera, se dio lugar a una bienvenida simplificación.

Nuevo reglamento

Los cambios principales que trajo el nuevo reglamento son la incorporación de la persona responsable en la UE y la redacción del Expediente de información sobre el producto (aunque el requisito de conservar cierta información del producto no es nuevo y ya se había incorporado en la sexta enmienda de la directiva), requisitos adicionales para la información que debe conservar la persona responsable y requisitos más claros para la evaluación de la seguridad, incluido el razonamiento que llevó a la conclusión de esta evaluación;

toda la información relacionada con la seguridad debe combinarse en el denominado Informe sobre la seguridad del producto cosmético tal como se detalla en el anexo I del reglamento; se efectuaron algunos cambios pequeños en los requisitos para el etiquetado; se publicaron criterios comunes adicionales para las reivindicaciones del producto cosmético; la persona responsable o el distribuidor tiene que informar a las autoridades nacionales competentes sobre cualquier efecto grave no deseado que pueda llegar a conocer; y, lo que es muy importante, la notificación de los productos a las autoridades, que debe hacerse antes de que estos se introduzcan en el mercado de la UE, ahora se realiza a través de un Portal de notificación del producto cosmético (CPNP, por sus siglas en inglés) centralizado y en línea, y se hace solo una vez para toda la UE, cuando anteriormente se debía notificar a cada país individualmente (esta notificación debe ser llevada a cabo por la persona responsable).

Los productos cosméticos deben ser seguros para la salud humana

Cabe aclarar que los objetivos principales del reglamento continúan siendo los mismos: la seguridad de los consumidores y la libre circulación de los productos cosméticos dentro de la UE. Los productos cosméticos deben ser seguros para la salud humana cuando se utilizan en condiciones normales o razonablemente previsibles de uso.

Si bien el principal documento que rige los cosméticos en la UE es el reglamento 1223/2009, hay otros que también son sumamente importantes, como la directiva relativa a la seguridad general de los productos, la directiva sobre los aerosoles, el reglamento relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH, por sus siglas en inglés), etc.

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